De la información sobre programas de turismo especializado y programas de turismo de interés social. Los prestadores de servicios turísticos contemplados en los literales a), b), c), d), e), f), g) y h) del artículo 62 de la Ley 300 de 1996, quedesarrollen los programas de turismo especializado y/o los programas de turismo de interés social previstos en los títulos IV y V de la misma norma, deberán informar en el formulario de actualización, si realizan tales programas.
Decreto 2074 de 2003 →Vigente
Artículo 12
De La Información Sobre Programas De Turismo Especializado Y Programas De Turismo De Interés Social
Decreto 2074 de 2003 · Por el cual se modifica el Decreto 504 de 1997
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.