Clasificación . Según la naturaleza y la especialidad de las actividades inherentes a su ejercicio, las funciones correspondientes a los empleos de detective se agrupan así
Inteligencia y contrainteligencia;
Protección;
Investigación;
Extranjería. La inteligencia y contrainteligencia comprenden las actividades relativas a la búsqueda de información sobre las materias mencionadas en los artículos 32 y 35 del Decreto 512 de 1989. La protección comprende las actividades dirigidas a garantizar la seguridad de las personas y de las instituciones, señaladas en los artículos 37 y 38 del Decreto 512 de 1989. La investigación comprende las funciones relacionadas con los auxilios operativos y técnicos a las autoridades judiciales y administrativas sobre policía judicial, identificación y seguridad rural, en los términos de los artículos 40, 42 y 43 del Decreto 512 de 1989 y del Código de Procedimiento Penal. La extranjería comprende las labores relacionadas con la migración de nacionales y extranjeros, el control de permanencia de éstos y las gestiones destinadas a velar por el cumplimiento de las normas respectivas, según lo previsto en los artículos 45, 46 y 47 del Decreto 512 de 1989.