º. La autorización de que trata el artículo 1º de este Decreto no incluye el ACPM entregado a embarcaciones marítimas que se hallen fondeadas de modo permanente en algún puerto del país y retiradas del transporte marítimo.
Decreto 881 de 1967 →Vigente
Artículo 2
La Autorización De Que Trata El Artículo 1º De Este Decreto No Incluye El Acpm Entregado A Embarcaciones Marítimas Que Se Hallen Fondeadas De Modo Permanente En Algún Puerto Del País Y Retiradas Del Transporte Marítimo
Decreto 881 de 1967 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto legislativo 3083 de 1966.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.