Micelio

Artículo 4

El Artículo 7°

Decreto 899 de 1978 · Por el cual se aclaran los artículos 3, 4, 6, 7 y 8 del Decreto-ley 0716 de 1978

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El artículo 7°. del decreto-ley 716 de 1978 quedara así: Los directores de departamentos I Y III, los directores de ayudas educativas, los consejeros i y iii, los profesores I Y III, así como los instructores i, tendrán derecho a una prima académica de quinientos pesos mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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