Micelio

Artículo 16

El Derecho De Explorar, Explotar Y Beneficiar Los Yacimientos Podrá Otorgarse A Personas Naturales Y Jurídicas, Siempre Que Estas Últimas Estén Legalmente Constituidas Y Comprendan Dentro De Su Objeto Social La Explotación De Minas

Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El derecho de explorar, explotar y beneficiar los yacimientos podrá otorgarse a personas naturales y jurídicas, siempre que estas últimas estén legalmente constituidas y comprendan dentro de su objeto social la explotación de minas. Las personas jurídicas cuyo asiento principal de negocios esté en algún país extranjero deben dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 85 y siguientes de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2477 de 1986