Micelio

Artículo 276

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fijación criminalística del lugar de los hechos. En desarrollo de la diligencia prevista en el artículo anterior, el funcionario consignará por escrito con claridad y precisión, todo lo que vaya observando sin olvidar que es tan importante el conjunto como los detalles y relacionará la evidencia física que encuentre señalando, en lo posible, su posición, orientación, forma y cantidad. Además, hara el plano del lugar y si fuere un recinto cerrado lo hará con abatimiento. Si lo considerá necesario sacará fotografías.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 181 de 1981