El Director del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, podrá delegar en otros organismos de seguridad del Estado, previa celebración de los convenios a que hubiere lugar, el cumplimiento de la función de control migratorio, en aquellos lugares en los cuales el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, no cuenta con Direcciones Seccionales, Puestos Operativos o cuando la dificultad en el desarrollo de los procedimientos migratorios así lo amerite. CAPITULO II. Inadmisión o rechazo
Decreto 2371 de 1996 →Vigente
Artículo 164
Decreto 2371 de 1996 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.