º. El artículo 113 del Código Procesal del Trabajo quedará así: Artículo 113. Solicitud del Patrono. La solicitud de permiso hecha por el patrono para despedir a un trabajador amparado por el fuero sindical, o para desmejorarlo en sus condiciones de trabajo, o para trasladarlo a otro establecimiento de la misma empresa o un Municipio distinto, deberá expresar la justa causa invocada y contener una relación pormenorizada de las pruebas que la demuestren.
Decreto 204 de 1957 →Vigente
Artículo 2
El Artículo 113 Del Código Procesal Del Trabajo Quedará Así: Artículo 113
Decreto 204 de 1957 · Por el cual se dictan normas sobre fuero sindical
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.