Micelio

Artículo 3

Entiéndese Por Aeronaves Todos Los Aparatos Cautivos O Libres, Destinados A Sostenerse En La Atmósfera O A Viajar Por Ella, Sea Que Utilicen Un Gas Menos Pesado Que El Aire, Como Los Globos Y Dirigibles, O Que Tengan Medios Mecánicos De Propulsión Como Los Aviones, Comprendiendo En Esta Denominación Los Aeroplanos, Hidroaviones, Anfibios O Botes Volantes, Autogiros, Etc

Decreto 66 de 1934 · Por el cual se reglamenta la aviación civil

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Entiéndese por aeronaves todos los aparatos cautivos o libres, destinados a sostenerse en la atmósfera o a viajar por ella, sea que utilicen un gas menos pesado que el aire, como los globos y dirigibles, o que tengan medios mecánicos de propulsión como los aviones, comprendiendo en esta denominación los aeroplanos, hidroaviones, anfibios o botes volantes, autogiros, etc.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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