Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 7° Ramo Electoral. A2a. Del artículo 91. Para sueldos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus Delegados en los Departamentos, Visitadores, Registradurías Municipales y demás funcionarios del Ramo Electoral, inclusive la remuneración a que tengan derecho los miembros de la Corte Electoral, en el año $ 300.000.00 Suman los contracréditos $ 300.000.00 MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 97 Alta Cultura. B2Ia. Al artículo 1628-A. Aporte del Gobierno Nacional para la formación del patrimonio del "Instituto Caro y Cuervo", de conformidad con lo dispuesto por el Decreto legislativo 1993 de 1954 $ 300.000.00 Suman los créditos $ 300.000.00
Decreto 3734 de 1954 →Vigente
Artículo 3
Decreto 3734 de 1954 · Por el cual se abre un crédito adicional - extraordinario- y se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Gobierno, de Fomento y de Educación Nacional).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.