Micelio

Artículo 1

Decreto 1752 de 1999 · por el cual se establecen las condiciones para acreditar la calidad de poseedor para acceder a los beneficios establecidos en los Decretos 196 y 350 de 1999

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Campo de aplicación . El presente decreto será aplicable a poseedores de inmuebles localizados en los municipios señalados en los Decretos 195 y 223 de 1999, para efectos de los beneficios previstos en los Decretos 196 y 350 de 1999.

Parágrafo

El reconocimiento de alguna persona como poseedor de un inmueble en los términos del presente decreto, sólo tendrá efectos para los beneficios consagrados en los Decretos 196 y 350 de 1999, sin que sea admisible como prueba de posesión para otras situaciones reguladas por la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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