Micelio

Artículo 419

Derogado

Ley 79 de 1931 · Orgánica de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

La persona que presente una factura consular la firmará en presencia del respectivo funcionario consular. Quien firme una factura de esas a nombre de tercero, presentará un poder al efecto, conforme a los reglamentos prescritos por el Director General con la aprobación del Ministerio de Relaciones Exteriores. Vigente desde: 19/06/1931 y hasta el: 09/03/1981

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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