º Del registro y publicación en el Diario Oficial . La resolución de adjudicación de un terreno baldío constituye título traslaticio de dominio y se inscribirá en la correspondiente Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y Privados, previa publicación de su extracto en el Diario oficial y cancelación del impuesto de timbre nacional. El requisito de publicación en el Diario Oficial se entenderá cumplido con el pago de los derechos correspondientes. El registrador devolverá al INCORA original y una copia de la resolución con la correspondiente anotación de su registro. El Instituto agregará al expediente el original de la resolución y la copia registrada se entregará al adjudicatario.
En la adjudicación de terrenos baldíos cuya cabida no exceda de cincuenta (50) hectáreas, no se requerirá la publicación del extracto de la resolución en el Diario Oficial.