Micelio

Artículo 21

Facúltase Al Gobierno Nacional Por Un Término De Seis Meses A Partir De La Expedición De Este Decreto, Para Introducir En La Organización De Las Oficinas De Hacienda Las Reformas Necesarios (Sic) Para Corregir Las Actuales Deficiencias Administrativas Pudiéndose Suprimir, Fusionar O Crear Cargos, Modificar Asignaciones Y Señalar Atribuciones A Los Funcionarios

Decreto 341 de 1957 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en materia de impuestos nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase al Gobierno Nacional por un término de seis meses a partir de la expedición de este Decreto, para introducir en la organización de las oficinas de Hacienda las reformas necesarios (sic) para corregir las actuales deficiencias administrativas pudiéndose suprimir, fusionar o crear cargos, modificar asignaciones y señalar atribuciones a los funcionarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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