Micelio

Artículo 2

Ley 50 de 1940 · por la cual se conceden unos auxilios a los damnificados por los incendios ocurridos en las ciudades de Buga y Palmira

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxíliase con la suma de veinte mil pesos ($ 20.000.00) a las personas pobres y colombianas damnificadas por el incendio ocurrido en la ciudad de Palmira en el año de mil novecientos treinta y nueve.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 50 de 1940