°. Los períodos de compensación a que hace referencia el artículo 5° del Decreto 2699 de 2007, serán los que correspondan a períodos posteriores al 1° de abril de 2008.
Decreto 4956 de 2007 →Vigente
Artículo 1
Los Períodos De Compensación A Que Hace Referencia El Artículo 5° Del Decreto 2699 De 2007, Serán Los Que Correspondan A Períodos Posteriores Al 1° De Abril De 2008
Decreto 4956 de 2007 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2699 de 2007
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.