Tampoco se considerarán personales los suplentes que contengan las ternas formadas por el Presidente de la República para Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, o las formadas por las Asambleas Departamentales para la elección de Fiscales de los Tribunales y Juzgados Superiores.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.