Micelio

Artículo 17

Ley 146 de 1888 · orgánica de la Oficina general de Cuentas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 17. Son deberes del Secretario:

1º Autorizar con su firma los autos y resoluciones que expida la Oficina en todos los negocios de su resorte, y las glosas y fenecimientos de primera y segunda instancia;

2º Autorizar del mismo modo y cumplir por su parte los decretos y resoluciones del Presidente de la Oficina;

3º Llevar en su despacho por lo menos seis libros de registro: el primero de los documentos y cuentas que sean recibidos en la Oficina ó remitidos por ella, anotando respecto de cada uno el día de su recibo y el de su entrega; el segundo, de las cuentas y documentos que se pasen á cada uno de los Contadores anotando el día de su entrega, el término fijado por el Presidente para su examen y el día en que el Contador dicte el auto de glosas ó fenecimiento; el tercero, de los finiquitos de cuentas que se expidan á cada responsable del Erario; el cuarto, de los nombramientos que haga y de los títulos que expida el Gobierno á los empleados y pensionados que deban percibir sueldos ó pensiones del Tesoro nacional; el quinto, registro por Departamentos y por Ramos de las cuentas que deben presentarse á la Oficina, con expresión del responsable, de la fecha en que recibieron, de aquellas en que fueron glosadas, notificadas las glosas y recibidas las contestaciones, el día en que se fenecieron las cuentas, del alcance que hubo en ellas y del finiquito si se hubiere expedido; y el sexto, cuenta corriente en que se anoten el Debe el valor de los alcances deducidos y el de las multas impuestas, con expresión del responsable, la cuenta á que se refieran y la fecha del auto respectivo; y al Haber, el valor de los alcances y de las multas cobradas, en vista de la nota o carta de aviso que el empleado de Hacienda que haya verificado el cobro pase á la Oficina general de Cuentas. De dicha nota ó carta de aviso se pasará copia autorizada al Ministerio del Tesoro;

4º Expedir gratis las certificaciones que se soliciten por los interesados, previa resolución del Presidente;

5º Recibir y entregar por riguroso inventario y con intervención del Presidente de la Oficina, los muebles, expedientes, reglamentos y demás útiles pertenecientes á ella, los cuales quedarán á su cargo y cuidado al recibirlos; y

6º Cumplir, además, los deberes que le imponga el reglamento económico de la Oficina, cuidar de la economía, orden y aseo de ella y de que los empleados subalternos llenen sus obligaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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