Impuesto sobre vinos y licores . A partir del 1º de enero de 2003 el impuesto sobre las ventas respecto de productos con un contenido alcoholimétrico superior a 2.5 grados por volumen está incorporado dentro de las tarifas del impuesto al consumo y se causa solamente en cabeza de los productores e importadores. En consecuencia, los comercializadores de estos productos no son responsables del impuesto sobre las ventas, en relación con tales bienes.
Cuando los vinos, licores o cerveza formen parte del servicio de cafetería, bares, discotecas, moteles o similares, el valor total del servicio, incluidos estos consumos, está sometido a la tarifa general del impuesto sobre las ventas (IVA).