Decreto 668 de 2022 · Por el cual se fijan los regímenes especiales en materia salarial, prestacional, pensional y de asignación de retiro para el personal de Patrulleros de Policía de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Extinción de Pensiones. Las pensiones que se otorguen por el fallecimiento de un Patrullero de Policía en servicio activo o en goce de asignación de retiro o pensión de invalidez, se extinguirán para sus beneficiarios de acuerdo a lo establecido en los artículos 64 y 65 del presente Decreto y demás normas que lo modifiquen o adicionen.
Parágrafo
La extinción de que trata este artículo se irá decretando a partir de la fecha del hecho que la motive y por la cuota parte correspondiente. CAPÍTULO VII De las prestaciones en caso de separación
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.