Funciones del Director General. Son funciones del Director General de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH, las siguientes: 10.1 Dirigir y supervisar el desarrollo y ejecución de las funciones a cargo de la Agencia. 10.2 Adoptar las normas internas necesarias para el funcionamiento de la Agencia. 10.3 Preparar y presentar para su aprobación al Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto de la Agencia y las modificaciones al presupuesto aprobado, con sujeción a las normas sobre la materia. 10.4 Administrar y disponer de los bienes muebles e inmuebles que pasen al Estado por finalización de los contratos de exploración y explotación suscritos por la Empresa Colombiana de Petróleos y por Ecopetrol S. A. hasta el 31 de diciembre del año 2003 y aquellos que suscriba la Agencia Nacional de Hidrocarburos. 10.5 Nombrar y remover a los servidores de la Agencia. 10.6 Ejecutar y evaluar las estrategias de promoción nacional e internacional de la exploración y explotación de hidrocarburos. 10.7 Someter a la autorización previa del Consejo Directivo los contratos de exploración y explotación de hidrocarburos. 10.8 Celebrar los contratos y ejecutar los actos necesarios para el cumplimiento del objetivo y de las funciones de la Agencia. 10.9 Presentar al Consejo Directivo, con la periodicidad que este determine, los informes sobre el cumplimiento de las funciones a cargo de la Agencia y las propuestas para el mejor desempeño de las mismas. 10.10 Presentar al Gobierno Nacional, por conducto del Ministro de Minas y Energía, los informes que aquél y este soliciten, y proporcionar a las demás autoridades u organismos públicos la información que deba ser suministrada de conformidad con la ley. 10.11 Convocar al Consejo Directivo y asistir a sus reuniones ordinarias y extraordinarias. 10.12 Delegar, de conformidad con la ley, las funciones que considere necesarias y la celebración de contratos, excepto los de exploración y explotación de hidrocarburos. 10.13 Ejercer la segunda instancia del control disciplinario interno. 10.14 Ejercer las demás funciones que se le asignen, que se relacionen con el funcionamiento de la Agencia y que no estén atribuidas a otro órgano o autoridad, y las que le delegue el Consejo Directivo.
Decreto 1760 de 2003 →Vigente
Artículo 10
Decreto 1760 de 2003 · por el cual se escinde la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, se modifica su estructura orgánica y se crean la Agencia Nacional de Hidrocarburos y la sociedad Promotora de Energía de Colombia S. A.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.