º . Gerencia de Control Disciplinario. Son funciones de la Gerencia de Control Disciplinario, las siguientes
Planear, coordinar y desarrollar las políticas tendientes a adelantar las investigaciones disciplinarias a que haya lugar en la entidad.
Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores de la Compañía en concordancia con las leyes establecidas.
Recolectar, perfeccionar y asegurar las pruebas que han de servir de soporte a las denuncias penales sobre las conductas ilícitas detectadas en los procedimientos disciplinarios y remitirlas a las entidades competentes para los fines pertinentes.
Remitir a la Procuraduría General de la Nación los procesos disciplinarios por incremento patrimonial no justificado y aquellos que de conformidad con las normas especiales, deba adelantar este organismo de control.
Participar en la formulación y desarrollo de los programas que fomenten los valores institucionales, que propendan por la responsabilidad laboral y la ética administrativa.
Desarrollar mecanismos o actividades, tendientes a la prevención de faltas disciplinarias en las que puedan incurrir los servidores públicos de la Compañía.
Asesorar y orientar a las directivas de la Compañía en asuntos relacionados con la conducta ética y deberes de los servidores públicos.
Llevar un registro actualizado de los procesos en curso y mantener al día los archivos de los mismos con sus respectivas copias, conforme lo indica la ley.
Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.