Micelio

Artículo 6

Decreto 3794 de 2003 · por el cual se modifica la estructura de La Previsora S. A., Compañía de Seguros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Gerencia de Control Disciplinario. Son funciones de la Gerencia de Control Disciplinario, las siguientes

1.

Planear, coordinar y desarrollar las políticas tendientes a adelantar las investigaciones disciplinarias a que haya lugar en la entidad.

2.

Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores de la Compañía en concordancia con las leyes establecidas.

3.

Recolectar, perfeccionar y asegurar las pruebas que han de servir de soporte a las denuncias penales sobre las conductas ilícitas detectadas en los procedimientos disciplinarios y remitirlas a las entidades competentes para los fines pertinentes.

4.

Remitir a la Procuraduría General de la Nación los procesos disciplinarios por incremento patrimonial no justificado y aquellos que de conformidad con las normas especiales, deba adelantar este organismo de control.

5.

Participar en la formulación y desarrollo de los programas que fomenten los valores institucionales, que propendan por la responsabilidad laboral y la ética administrativa.

6.

Desarrollar mecanismos o actividades, tendientes a la prevención de faltas disciplinarias en las que puedan incurrir los servidores públicos de la Compañía.

7.

Asesorar y orientar a las directivas de la Compañía en asuntos relacionados con la conducta ética y deberes de los servidores públicos.

8.

Llevar un registro actualizado de los procesos en curso y mantener al día los archivos de los mismos con sus respectivas copias, conforme lo indica la ley.

9.

Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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