Micelio

Artículo 2.2.2.11.13.5

Honorarios

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Honorarios.

En los eventos descritos en los numerales 1 y 3 del artículo 2.2.2.11.13.1 del presente decreto, en el acto administrativo en el cual se nombre al liquidador, se debe indicar que los honorarios del mismo deberán ser fijados por la asamblea de accionistas o junta de socios.

Para el supuesto establecido en el numeral 2 del artículo 2.2.2.11.13.1 del presente decreto, los honorarios del liquidador estarán a cargo de los adjudicatarios, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 27 de la Ley 1429 de 2010.

En caso de no existir acuerdo en el monto de los honorarios, la Superintendencia que ejerza la vigilancia sobre la sociedad podrá solicitar al juez del concurso, la admisión a un proceso de liquidación judicial de la misma en los términos de la Ley 1116 de 2006.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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