° . Solicítese del Ministerio de Justicia el traslado presupuestal necesario para la dotación y creación del Juzgado Municipal que debe funcionar en la Cabecera del Municipio que se crea por medio de este Decreto.
Decreto 459 de 1954 →Vigente
Artículo 8
Decreto 459 de 1954 · Por el cual se aprueba el Decreto número 00810 del presente año, expedido por el Gobernador del Departamento de Córdoba
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.