Micelio

Artículo 1

Considerando:

Ley 18 de 1961 · Por la cual se aprueba el Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento, suscrito en Washington, D.C., el 26 de enero de 1960

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Apruébase el Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento, suscrito en Washington, D. C., el 26 de enero de 1960, cuyo texto es el siguiente:

CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO

Los Gobiernos en cuyo nombre se suscribe el presente convenio,

Considerando:

Que la mutua cooperación para fines económicos constructivos, el vigoroso desarrollo de la economía mundial y el aumento equilibrado del comercio internacional, fomentan las relaciones entre los pueblos y conducen al mantenimiento de la paz y la prosperidad del mundo;

Que el aceleramiento del desarrollo económico encaminado a impulsar el nivel de vida y el progreso económico y social de los países menos desarrollados, es deseable no solamente en interés de dichos países sino en el de la colectividad internacional en su conjunto;

Que la realización de estos objetivos se facilitaría por medio de un incremento en la circulación internacional de capital, público y privado, que contribuya al fomento de los países menos desarrollados,

Acuerdan lo siguiente:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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