En el caso de una movilización imprevista podrá el Gobierno rebajar el termino a que se refiere el inciso c) del artículo 10 de esta Ley o prescindirse de él, así como de la formalidad determinada en el artículo 21 del Código Fiscal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.