Micelio

Artículo 3

Ley 47 de 1927 · Por la cual se fomenta la construcción de la carretera central del Norte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando éntre en vigencia esta Ley, el Gobierno procederá a organizar los trabajos de la carretera que va de Cúcuta a la ciudad de Ocaña, la cual quedará incorporada al plan de la Carretera Central del Norte bajo la denominación de Sección cuarta (4°) de esta vía.

El Gobierno Nacional procederá igualmente a construír el ramal de la Carretera Central del Norte de que trata la Ley 26 de 1926 , el cual se continuará hasta la población de Onzaga. Para este trabajo destínase la suma de cien mil pesos ($ 100,000) tomada de los fondos aplicables a la construcción de la Carretera Central del Norte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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