Artículo primero . Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para que a partir del mes de enero de 1980, con recursos tomados del Fondo Nacional del Café, suscriba y pague para dicho Fondo acciones del Banco Cafetero en cuantía de quinientos millones de pesos ($ 500.000.000.00) moneda corriente.
Decreto 196 de 1980 →Vigente
Artículo 2
Decreto 196 de 1980 · Por los cuales se aprueban unos acuerdos del Comité Nacional de Cafeteros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.