Todo auto en que se niegue alguna prueba solicitada dentro del término probatorio de la causa, es apelable en el efecto suspensivo; si la negativa tiene lugar durante el sumario, la apelación se concederá en el efecto devolutivo.
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✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Todo auto en que se niegue alguna prueba solicitada dentro del término probatorio de la causa, es apelable en el efecto suspensivo; si la negativa tiene lugar durante el sumario, la apelación se concederá en el efecto devolutivo.
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Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.