Artículo segundo. El Ministerio de salud pública, determinara el personal y asignaciones de las Direcciones Municipales de higiene, de conformidad con los planes y normas previamente acordados, según la densidad de la población y las necesidades de cada municipio.
Decreto 170 de 1954 →Vigente
Artículo 2
Decreto 170 de 1954 · Por el cual se reglamenta del Decreto-ley número 2273 de 1952, y se dictan otras disposiciones relacionadas con las Secretarias Municipales de Higiene
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.