° Modifícase el artículo 8° del Decreto 2687 de 1991, el cual quedará así: "La fijación del valor comercial y de la base para cualquier modalidad de enajenación, será determinada previamente por el Jefe de la Oficina de Almacenamiento y Enajenaciones o su delegado".
Decreto 1357 de 1992 →Vigente
Artículo 4
Modifícase El Artículo 8° Del Decreto 2687 De 1991, El Cual Quedará Así: "la Fijación Del Valor Comercial Y De La Base Para Cualquier Modalidad De Enajenación, Será Determinada Previamente Por El Jefe De La Oficina De Almacenamiento Y Enajenaciones O Su Delegado"
Decreto 1357 de 1992 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2687 de 1991.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.