Micelio

Artículo 4

Modifícase El Artículo 8° Del Decreto 2687 De 1991, El Cual Quedará Así: "la Fijación Del Valor Comercial Y De La Base Para Cualquier Modalidad De Enajenación, Será Determinada Previamente Por El Jefe De La Oficina De Almacenamiento Y Enajenaciones O Su Delegado"

Decreto 1357 de 1992 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2687 de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Modifícase el artículo 8° del Decreto 2687 de 1991, el cual quedará así: "La fijación del valor comercial y de la base para cualquier modalidad de enajenación, será determinada previamente por el Jefe de la Oficina de Almacenamiento y Enajenaciones o su delegado".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1357 de 1992