ARTICULO 9o . Transitorio. - Dentro de los tres (3) meses siguientes a la vigencia del presente Decreto, la Junta Directiva de TELECOM y las demás autoridades, adoptarán los estatutos internos y las disposiciones necesarias para la organización y funcionamiento de la Entidad. Mientras se expiden éstos, se continuará aplicando las normas legales, los estatutos internos y las normas reglamentarias vigentes a la fecha de su reestructuración.
Decreto 2123 de 1992 →Vigente
Artículo 9
O
Decreto 2123 de 1992 · por el cual se reestructura la empresa nacional de telecomunicaciones -TELECOM-
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.