Micelio

Artículo 4

Ley 139 de 1948 · Por la cual se crea la Oficina Nacional de Bromatología

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación y el Municipio en cada caso elaborarán contratos que garanticen la instalación, el funcionamiento y correcto servicio de las seccionales de la Oficina Nacional de Bromatología.

Parágrafo

Según cálculos que deberá elaborar el Ministerio de Higiene, se incluirá dentro del Presupuesto Nacional, a partir del año fiscal de 1949, la partida correspondiente, o en subsidio queda autorizado el Gobierno para hacer los traslados y abrir los créditos que al efecto sean necesarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 139 de 1948