Micelio

Artículo 3

° Los Funcionarios A Que Se Refieren Los Artículos Anteriores, Tendrán Derecho A Viáticos, A Razón De Sesenta Pesos ($ 60

Decreto 1900 de 1958 · Por el cual se crean unos cargos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los funcionarios a que se refieren los artículos anteriores, tendrán derecho a viáticos, a razón de sesenta pesos ($ 60.00) diarios, hasta por veinte (20) días cada mes, y en razón de la permanencia por necesidades del servicio en sitios distintos del que se señale como sede de la respectiva oficina, en la misma forma prevista en los artículos 1° y 2° de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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