Micelio

Artículo 17

Suministro De Información Sobre Los Cert

Decreto 566 de 2025 · por el cual se reglamenta el Certificado de Reembolso Tributario (CERT).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Suministro de información sobre los CERT. El depósito de valores encargado de la administración del CERT deberá suministrar a la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o la dependencia que haga sus veces, la información relacionada con la expedición, saldo en circulación, utilización del beneficio y caducidad de los CERT.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 17. Suministro permanente de información sobre los CERT. El depósito de valores encargado de la administración del CERT deberá suministrar a la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o la dependencia que haga sus veces, de manera permanente, la información relacionada con el reconocimiento, emisión, saldo en circulación, utilización del beneficio y caducidad de los CERT.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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