º. El nacional ecuatoriano que solicite la expedición de la Visa de Cortesía de que trata el artículo 1º de este decreto, deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 2107 del 8 de octubre de 2001 en el Capítulo II del Título II y en los Capítulos III , IV , V , VI , y VII del Título III .
Decreto 342 de 2002 →Vigente
Artículo 3
El Nacional Ecuatoriano Que Solicite La Expedición De La Visa De Cortesía De Que Trata El Artículo 1º De Este Decreto, Deberá Cumplir Con Los Requisitos Establecidos En El Decreto 2107 Del 8 De Octubre De 2001 En El Capítulo Ii Del Título Ii Y En Los Capítulos Iii , Iv , V , Vi , Y Vii Del Título Iii
Decreto 342 de 2002 · por el cual se adiciona y modifica el Decreto 2107 del 8 de octubre de 2001.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.