Artículo décimo . El Ministerio de Hacienda y Crédito Público procederá a la creación del rubro en el presupuesto de la Registraduría Nacional del Estado Civil, para la asignación de la prima geográfica de que trata el artículo 18 del Decreto número 90 del 12 de enero de 1994.
Decreto 2372 de 1994 →Vigente
Artículo 18
Del Decreto Número 90 Del 12 De Enero De 1994
Decreto 2372 de 1994 · por el cual se reglamenta la prima geográfica en la Registraduría Nacional del Estado Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.