Micelio

Artículo 1

A Partir De La Fecha Del Presente Decreto Y Mientras Subsista El Estado De Sitio, La Jurisdicción Penal Militar, Además De Los Delitos Establecidos En El Código (Sic) De La Materia, Conocerá De Las Siguientes Infracciones: A) Delitos Contra La Existencia Y La Seguridad Del Estado; B) Delitos Contra El Régimen Constitucional Y Contra La Seguridad Interior Del Estado; C) Instigación Y Asociación Para Delinquir; D) Apología Del Delito; E) Secuestro; F) Extorsión; G) El Incendio Y Otros Delitos Que Envuelven Peligro Común; H) Delito De Robo Cometido Contra Instituciones Bancarias O Cajas De Ahorros; I) Robo En Cuantía Superior A Diez Mil Pesos Conocerá Igualmente De Cualquier Otro Delito Cometido En Conexidad Con Los Anteriores; Y De Las Contravenciones Penales Que Afectan La Seguridad Y La Tranquilidad Pública Y El Patrimonio, Descritas En El Título Primero Y El Artículo 61 Del Título Noveno Del Decreto - Ley 1118 De 1970

Decreto 254 de 1971 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con la conservación del orden público y su restablecimiento

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir de la fecha del presente Decreto y mientras subsista el estado de sitio, la jurisdicción penal militar, además de los delitos establecidos en el Código (sic) de la materia, conocerá de las siguientes infracciones

a)

Delitos contra la existencia y la seguridad del Estado;

b)

Delitos contra el régimen constitucional y contra la seguridad interior del Estado;

c)

Instigación y Asociación para delinquir;

d)

Apología del delito;

e)

Secuestro;

f)

Extorsión;

g)

El incendio y otros delitos que envuelven peligro común;

h)

Delito de robo cometido contra instituciones bancarias o cajas de ahorros;

i)

Robo en cuantía superior a diez mil pesos Conocerá igualmente de cualquier otro delito cometido en conexidad con los anteriores; y de las contravenciones penales que afectan la seguridad y la tranquilidad pública y el patrimonio, descritas en el Título Primero y el Artículo 61 del Título Noveno del Decreto - Ley 1118 de 1970.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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