Micelio

Artículo 4

Además De Las Señaladas En El Artículo 2° Del Presente Decreto, Los Demás Funcionarios De La Comisión Nacional De Valores Estarán Sometidos A Las Inhabilidades E Incompatibilidades De Que Tratan Los Decretos 2400 Y 3074 De 1968, 150 De 1976 Y Las Demás Normas Que Los Adicionen O Reformen

Decreto 1170 de 1980 · Por el cual se fija el régimen de incompatibilidades e inhabilidades al que estarán sujetas las personas que presten servicios en la Comisión Nacional de Valores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Además de las señaladas en el artículo 2° del presente Decreto, los demás funcionarios de la Comisión Nacional de Valores estarán sometidos a las inhabilidades e incompatibilidades de que tratan los Decretos 2400 y 3074 de 1968, 150 de 1976 y las demás normas que los adicionen o reformen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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