º Funcionarios y dependencias. El Fondo para la Participación Ciudadana no contará con planta de personal ni dependencias propias. Para el desarrollo de su objeto dispondrá de los funcionarios del Ministerio de Gobierno que para tales fines sean designados mediante resolución expedida por el Ministro de Gobierno; y de las dependencias del Ministerio de Gobierno ubicadas a nivel nacional y regional.
Decreto 2629 de 1994 →Vigente
Artículo 4
º Funcionarios Y Dependencias
Decreto 2629 de 1994 · por el cual se crea el Fondo para la Participación Ciudadana
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.