Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Contracréditos En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1966: Presupuesto De Funcionamiento

Decreto 3017 de 1966 · po rel cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1966 (Ministerio de Justicia, Ministerio Público y Rama Jurisdiccional), por $ 2.129.808.44.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1966: Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Justicia. CAPITULO 202 Rama Técnica. Programa 217. Comisarías de Policía Judicial. Servicios personales. 101 - 134 - 103. Artículo 2049. Sueldos del personal de nómina $ 224.980.00 Ministerio Público. CAPITULO 0851 Procuraduría General de la Nación. Programa 526. Dirección y administración de la Procuraduría General de la Nación. Servicios personales. 101 - 134 - 103. Artículo 8501. Sueldos del personal de nómina $ 10.000 00 Rama Jurisdiccional. CAPITULO 0901 Corte Suprema de Justicia. Programa 536. Dirección y administración de la Corte Suprema de Justicia. Servicios personales. 101 - 134 - 103. Artículo 9001. Sueldos del personal de nómina $ 200.000.00 Presupuesto de Inversión. Ministerio de Justicia. CAPITULO 1021 Rama Técnica. B) Programas de Inversión Indirecta. Programa 637-A. Terminación de construcción, reconstrucción, ampliación y reparación de Cárceles en el país. 610-130. Artículo 10203-B. Departamento del Cauca 1.494.828.44 Proyecto 1. Ampliación y dotación Isla-Prisión de Gorgona $ 1.494.828.44 610-130. Articuló 10203-C. Departamento de Cundinamarca 200.000.00 Proyecto 1. Ampliación, y reparación en la Cárcel Modelo de Bogotá $ 200.000.00 Suman los contracréditos $ 2.129.808.44

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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