Micelio

Artículo 22

El Contralor General De La República Ejercerá La Vigilancia Sobre El Manejo De Los Recursos Y Bienes Del Fondo, Por Medio De Auditoría De Su Dependencia Y Con Aplicación De Reglamentos Especiales Acordes Con La Índole De La Entidad Y El Género De Actividades A Ella Encomendadas, De Modo Que Dejen A Salvo Su Autoridad Administrativa, Ajustándose A Las Normas Especiales De La Ley, Decretos, Reglamentos Y Los Presentes Estatuos

Decreto 2569 de 1983 · por el cual se aprueban los estatutos del Fondo Nacional de Caminos Vecinales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Contralor General de la República ejercerá la vigilancia sobre el manejo de los recursos y bienes del Fondo, por medio de Auditoría de su dependencia y con aplicación de reglamentos especiales acordes con la índole de la entidad y el género de actividades a ella encomendadas, de modo que dejen a salvo su autoridad administrativa, ajustándose a las normas especiales de la ley, decretos, reglamentos y los presentes estatuos.

Parágrafo

Los funcionarios de la Contraloría que hayan ejercido el control fiscal en el Fondo y sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, no podrán ser nombrados ni prestar sus servicios en él, sino después de un afeo de producido el retiro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2569 de 1983