Micelio

Artículo 121

Para La Prestación Del Servicio Notarial El Territorio De La República Se Dividirá En Círculos De Notaría Que Corresponderán Al Territorio De Uno O Más Municipios Del Mismo Departamento, Uno De Los Cuales Será Su Cabecera Y La Sede Del Notario

Decreto 960 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del Notariado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la prestación del servicio notarial el territorio de la República se dividirá en Círculos de Notaría que corresponderán al territorio de uno o más Municipios del mismo Departamento, uno de los cuales será su cabecera y la sede del Notario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 960 de 1970