Determinación de las necesidades y demanda insatisfecha de movilización. Corresponde al Ministerio de Transporte desarrollar los estudios de oferta y demanda, determinar las necesidades y demanda insatisfecha de movilización y adoptar las medidas conducentes para su satisfacción.
Para el cumplimiento de esta obligación el Ministerio de Transporte podrá contratar de conformidad con lo establecido en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, su reglamentación aplicable y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan, la elaboración de los estudios de oferta y demanda con universidades, centros consultivos del Gobierno Nacional o consultores especializados en el área de transporte.
(Decreto 171 de 2001, artículo 25, modificado por el Decreto 198 de 2013, artículo 3°).