Ley 29 de 1936 · Por la cual se dictan disposiciones sobre colonización y se reforma el artículo 2° de la Ley 132 de 1931
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º Los centros de colonización de baldíos nacionales que establezcan los Departamentos en sus territorios, serán costeados por iguales partes entre la Nación y el respectivo Departamento.
Parágrafo
Cuando se trate de colonización en las regiones limítrofes con los países vecinos, el auxilio na cional será de un 70 por 100 de los gastos totales.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.