Patrimonio. El patrimonio del Fondo Rotatorio de Prevención, Represión y Rehabilitación estará constituido por
Las partidas que expresamente se le asignen dentro del Presupuesto Nacional.
El producto de las multas previstas en el Estatuto Nacional de Estupefacientes.
Los bienes inmuebles, muebles, equipos, medios de transporte y demás elementos utilizados para la comisión de los hechos punibles a que se refiere el Estatuto Nacional de Estupefacientes.
Los dineros que se decomisen, por hechos punibles de los descritos en el Estatuto Nacional de Estupefacientes.
El producto de las rentas de sus bienes.
Las contribuciones o donaciones que con destino a la lucha contra el narcotráfico y la fármaco dependencia hagan personas o entidades, de carácter nacional o extranjero.
El valor de los certificados que expida el Consejo Nacional de Estupefacientes de conformidad con el artículo 93, literal f) de la Ley 30 de 1986.
Los bienes que como persona jurídica adquiera a cualquier título.