Micelio

Artículo 294

Al Que Injustamente Prive A Otro De Su Libertad, Fuera Del Caso Previsto En El Artículo Anterior, Se Le Impondrá Prisión De Seis Meses A Tres Años

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al que injustamente prive a otro de su libertad, fuera del caso previsto en el artículo anterior, se le impondrá prisión de seis meses a tres años. CAPITULO II Detención arbitraria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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