º . El desdoblamiento y gravamen arancelario establecido en el artículo 1º del presente decreto, entrará en vigencia a partir del vencimiento del plazo señalado en el artículo 2º del Decreto 1531 de 2008 y modifica en lo pertinente el artículo 1º del Decreto 4589 de 2006.
Decreto 3434 de 2008 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3434 de 2008 · por el cual se modifica el Arancel de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.