Micelio

Artículo 7

Del Decreto Gubernamental 40 De Enero De 1950, Por El Cual Se Crea La Administración Dé Las Rentas Departamentales Y Se Organiza La Empresa Licorera De Nariño, En La Siguiente Forma: Artículo 7° El Gerente De La Empresa De Nariño Será De Libre Nombramiento Y Remoción Del Gobernador Y Tendrá Sueldo Fijo

Decreto 2550 de 1950 · Por el cual se aprueba el Decreto número 201 de 29 de mayo de 1950, expedido por la Gobernación del Departamento de Nariño.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Reformase el artículo 7° del Decreto gubernamental 40 de enero de 1950, por el cual se crea la Administración dé las Rentas Departamentales y se organiza la Empresa Licorera de Nariño, en la siguiente forma: Artículo 7° el gerente de la empresa de Nariño será de libre nombramiento y remoción del Gobernador y tendrá sueldo fijo. Sométase el presente decreto a la aprobación del ejecutivo Nacional Comuníquese y Cúmplase Dado en Pasto a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta. (Firmados), El Gobernador del Departamento, José Félix Jarado-El Secretario de Gobierno, Juan Francisco Albán-El Secretario de Hacienda, Emiliano Díaz del Castillo Z-El Secretario de Economía, Arístides Castillo-El Secretario de Obras públicas -El Director de Educación, Luis Alfredo Martínez v.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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