El producto del impuesto fluvial que se causa en el rio Atrato, será cobrado por un Intendente Fluvial que residirá en Cartagena, quien lo remesara mensualmente a la Junta de Navegación del Atrato. Dicha Junta será nombrada por el Poder Ejecutivo, y funcionara en Quibdó ad honorem , con un personal de tres miembros, entre los cuales estará el Intendente,
quien será su Presidente. El sueldo mensual del Intendente Fluvial será de cien pesos ($100)
mensuales, y deberá prestar una fianza conforme lo dispone el Código Fiscal. Asignase cinco pesos ($5) oro mensuales para gastos de escritorio.